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Nacional

Qué dice la ley sobre extranjeros que hagan parte de las protestas y manifestaciones en Colombia

Una estadounidense fue capturada durante las protestas que se llevaron a cabo el 28 de abril.
MÓNICA LIZETTE
CASTELLANOS OSORIO

Durante la jornada de protestas que se desarrollaron el 28 de abril, las autoridades capturaron a una estadounidense que se encontraba en el punto de la Universidad Nacional, lugar donde hubo enfrentamientos entre los manifestantes y los miembros del Esmad, y se presentaron hechos vandálicos.

“Yo soy extranjera, yo soy de Estados Unidos. Yo soy estudiante de Ciencia Política de la Universidad de Los Andes, mi nombre es María Elizabeth”, afirmaba la mujer cuando fue capturada.

Por otro lado, es importante recordar el caso de Rebecca Linda Marlene Sprößer, la alemana que participó en las manifestaciones en Cali, las cuales se dieron en el marco del Paro Nacional en el año 2021.

Frente a estos dos casos, las personas se han preguntado si los extranjeros pueden marchar en Colombia y si hay alguna consecuencia por ello.

Según el artículo 37 de la Constitución Política de Colombia, “toda parte del pueblo puede reunirse y manifestarse pública y pacíficamente. Sólo la ley podrá establecer de manera expresa los casos en los cuales se podrá limitar el ejercicio de este derecho”.

Sin embargo, los extranjeros que hagan parte de las manifestaciones y alteren el orden público, podrán ser expulsados del país.

“Podrán expulsar a los extranjeros que a juicio de la autoridad migratoria realicen actividades que atenten contra la seguridad nacional, el orden público, la salud pública, la tranquilidad social, la seguridad pública o cuando existan informaciones de inteligencia que indiquen que representa un riesgo para la seguridad nacional, el orden público, la seguridad pública, o la tranquilidad social”, dice el artículo 2.2.1.13.2.2 del decreto 1067 de 2015.

Fuente
Sistema Integrado Digital

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