martes, abril 16, 2024
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Consejo de Estado anuló la elección de Roy Barreras por doble militancia

El presidente del Congreso de la República, Roy Barreras, perdió su curul en el Congreso por doble militancia. Así lo confirmó el Consejo de Estado, que explicó que la decisión se tomó luego de hallar que Barreras incurrió en doble militancia.

Según el organismo, Barreras debió renunciar a su curul 12 meses antes de la fecha en que se llevaron a cabo las inscripciones para las elecciones del Congreso correspondientes al periodo 2022 – 2026.

De acuerdo con el documento compartido por el Consejo de Estado, “la Sección Quinta analizó las normas constitucionales aplicables al asunto y los precedentes de la Corporación, y determinó que con los Actos Legislativos 01 del 2003 y de 2009, el constituyente buscó el fortalecimiento del sistema de bancadas y la disciplina de los miembros de los partidos, además, se precisó que la expulsión del demandado del Partido de La ‘U’, no lo eximía de su deber de renunciar a la curul, en el plazo constitucionalmente establecido”.

Sobre la decisión del Consejo de Estado, el aún senador Roy Barreras aseguró que cumplirá el fallo, pues la justicia se respeta por más injusta que parezcan. También, comentó que seguirá desempeñándose en el cargo como presidente del Senado hasta que sea notificado.

Así lo dio a conocer a través de una publicación en su cuenta de Twitter, en donde confirmó que interpondrá una tutela que le permita mantener su cargo, y agregó que el fallo del Consejo de Estado lo tomará como un anticipo a su retiro médico.

“Caído en combate. Los fallos de la justicia se respetan aunque resulten a mi parecer injustos. Seguiré cumpliendo mi deber hasta tanto sea notificado. Interpondré inmediatamente una tutela para restablecer el derecho de mis electores. Anticiparon mi retiro médico anunciado hace 6 meses unos días. Regresaré. Colombia seguirá contando conmigo”.

El presidente del Senado podrá continuar en su cargo hasta el momento en el que sea notificado y la decisión no quedará en firme hasta que se resuelva la acción de tutela que anunció.
La doble militancia de Roy

La demanda que llevó a que el Consejo de Estado tomara la decisión fue interpuesta por el veedor ciudadano Juan Carlos Calderón, que en julio de 2022 aseguró que Roy Barreras había incurrido en doble militancia, por lo que debía perder su curul.

Según Calderón, la doble militancia se debió a que fue inscrito en el 2021 como uno de los senadores por el Pacto Histórico, partido de gobierno, cuando aún se encontraba desempeñando sus funciones como senador del partido de la U.

Para Carlos Calderón, lo sucedido con Roy Barreras se puede tomar como una violación al artículo 2 de la Ley 1475 del 2011 que indica: “los candidatos que resulten electos, siempre fueren inscritos por un partido o movimiento político, deberán pertenecer al que los inscribió mientras ostenten la investidura o cargo, y si deciden presentarse a la siguiente elección por un partido o movimiento político distinto, deberán renunciar a su curul al menos 12 meses antes del primer día de inscripciones”.

Según dicha ley, si los candidatos que resulten electos por un partido o movimiento político, están obligados a permanecer en la colectividad que los inscribió mientras se encuentren cumpliendo con las funciones de su cargo, por lo que si se da el caso de que se presenten por otro partido distinto, deberán renunciar al menos 12 meses antes del primer día de inscripciones.

“La doble militancia y el transfuguismo político han sido calificados por la jurisprudencia constitucional como ‘modalidades de deslealtad democrática’ porque defraudan la confianza de los electores que han votado no solo por el candidato, sino por el programa y plataforma política del partido al cual pertenece”. Con Infobae

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