miércoles, abril 24, 2024
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La demanda de los indígenas contra el proyecto de Los Besotes

Incesantes días de trabajo tradicional, fue lo que vivieron recientemente los miembros de la comunidad Ikarwa en la Sierra Nevada de Santa Marta, como preámbulo a la instauración de una demanda en contra del Departamento Nacional de Planeación, DNP.

El objetivo es la solicitud pretende que el DNP proceda a la suspensión del contrato que tiene por objeto ‘Realizar la estructuración integral del proyecto denominado Emblase Multipropósito Los Besotes’, ubicado en los corregimientos del norte del municipio de Valledupar.

La misión inició con el saneamiento de todo el camino espiritual, donde se debía presentar primero a los padres y madres espirituales, para que los Magistrados de ese orden, recibieran primero el texto antes de hacer la radicación material ante el Tribunal Administrativo del Cesar.

Además de limpiar y componer algunos problemas y amenazas que se identificaron en días pasados, por la fuerza que se movió para proteger este Territorio Ancestral de los intereses del Estado y algunos gremios, que están interesados en el avance de este embalse, manifestó Juan Ceballos, representante del colectivo de abogados Guacamaya Dumeka.

Explicó que la comunidad Ikarwa, que representa los cuatros pueblos indígenas de la Sierra Nevada como lo son: Kowi, Kankuamo, Arhuaco y Wiwa, interpusieron la demanda que busca una respuesta a la queja por haber iniciado el proceso de consulta previa, el cual ha tenido un costo superior a los $8.400 millones, sin la coordinación de las autoridades de los cuatros pueblos indígenas.

“El proceso que se sigue con el Emblase Multipropósito Los Besotes, es una acción de violencia a la autonomía y un costreñimiento, que afecta a los sitios sagrados y a las comunidades, Consideramos que dicha entidad de resorte nacional, no cuenta con las autorizaciones necesarias de los pueblos nativos de este territorio para seguir con el proceso”, explicó el abogado.

PERTURBA LA RED DE SITIOS SAGRADOS

De acuerdo al documento de la demanda, el abogado explicó que detener el flujo de las aguas, es represar el camino de los espíritus de la Madre, que sostienen el sistema de pago espiritual de un sitio sagrado a otro, hasta llegar a la fuente de origen, esto es la parte alta de la cuenca, la zona nevada (Nabulué), las Lagunas Duamuriwa, Sekadliwe, Kantzhaliwa, Mukuatiwa, Ebaldiwe, Jisatsiwe y Kokliwa, donde la cuenca, tiene la función de estar en equilibrio en todo el curso de la corriente hídrica y conectada con todos sus afluentes, como las venas que hacen funcionar la ronda hídrica, hasta el Río Cesar para pasar al Río Magdalena y desembocar finalmente al Mar [Zadliuwe (Nibué)], donde tanto el ciclo natural como espiritual, se unen.

“Que se haya iniciado un proceso de elaboración de estudios y diseños de un embalse multipropósito en territorio protegido, sin consultar las comunidades y sus autoridades espirituales y políticas, es una falencia en el procedimiento administrativo del Departamento Nacional de Planeación, toda vez que perturba la Red de Sitios Sagrados (nujwákala – ka’dukwu – ezwama) contemplados unos en la “Línea Negra” y los otros dentro de la comunidad y los demás sitios sobre toda la Cuenca y en general en la totalidad de la Sierra”, se lee en la demanda radicada.

En tal sentido, la solicitud tiene como pretensión declarar el río Guatapurí como sujeto de derecho, y se suspendan los estudios, para la realización del embalse.

“Si realizamos un análisis de los derechos confrontados frente a los beneficios y afectaciones a una y otra población por la realización de los estudios y la puesta en marcha del embalse, encontramos que la no realización del proyecto y sus estudios, es la que más se acerca al concepto de desarrollo sostenible, por pensar en el equilibrio ecológico para el disfrute de las generaciones futuras, toda vez que el embalse, posee una vida útil, que no supera los cuarenta años, afectando el Patrimonio Hídrico con daños materiales y espirituales irreversibles”, asegura la comunidad indígena de la Sierra Nevada.

RIESGOS DEL RECURSO HÍDRICO

Asimismo, la comunidad indígena ha resaltado e la demanda que en los últimos años el río Guatapurí ha mostrado una disminución considerable de su caudal poniendo en riesgo la capacidad de abastecimiento del acueducto de Valledupar, los 16 corregimientos de Chemesquemena, Guatapurí, Sabana Crespo, Ikarwa, San José deMaruamake, Chendukua, entre otros, y por ende la subsistencia de la población abastecida.

La dinámica del recurso hídrico también está siendo afectada por la falta de cobertura vegetal, la cual sirve de barrera natural para regular el paso de la corriente que desciende de las montañas y evitar posibles crecidas de los causes. (POMCA).

A pesar de todos estos impactos negativos sobre los ecosistemas y sobre la biodiversidad, es posible observar que la conservación es y seguirá ́ ́siendo el objetivo central de las actividades económicas que los pueblos indígenas realizan en el territorio de la cuenca”, afirmó el abogado Ceballos.

LA SOLICITUD

Entre las pretensiones de la acción jurídica por parte de los pueblos indígenas, está la apertura de espacios de participación, información y concertación, y no de mera información o socialización, que impliquen el consentimiento libre e informado, en el momento de la evaluación de los impactos y del diseño de medidas de prevención, mitigación y compensación.

Piden que se incorpore el conocimiento local y la voz de los afectados (T-348 de 2012); la participación en el proceso de elaboración de los censos de afectados y a todo lo largo de la realización del proyecto, el cumplimiento de los compromisos acordados en los espacios de concertación.

Además de la financiación de la asesoría que requieran las comunidades afectadas por el proyecto, a fin de que estas puedan ejercer su derecho a la participación efectiva; también la participación de las comunidades afectadas por daños ambientales en las actividades de monitoreo y control.

Es así como la comunidad indígena pide que el Tribunal Administrativo del Cesar, ordene al Departamento Administrativo de Planeación, suspender todas las actividades contractuales relacionadas con “Realizar la estructuración integral del proyecto denominado Embalse Multipropósito Los Besotes , ubicado en la ciudad de Valledupar, en las etapas de prefactibilidad y factibilidad, como iniciativa de desarrollo territorial y en consideración al requerimiento efectuado por parte de la Gobernación del Cesar.” y proceda el Honorable Tribunal, a decretar la realización de la consulta previa en esta etapa del proyecto.

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