viernes, abril 26, 2024
Judicial

JEP abrió nueva investigación en el Cesar, La Guajira y Magdalena

La Sala de Reconocimiento de la JEP investigará el entramado criminal en el que miembros de la fuerza pública, otros agentes de Estado, terceros civiles y paramilitares se asociaron para cometer crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra contra la población civil. Esclarecer los patrones criminales y determinar las responsabilidades penales a las que haya lugar es el principal desafío del caso 08.

El nuevo caso se denomina: “crímenes cometidos por miembros de la fuerza pública, otros agentes del Estado, o en asociación con grupos paramilitares, o terceros civiles, por causa, con ocasión, o en relación directa o indirecta con el conflicto armado colombiano”.

A través del caso 08, esta Jurisdicción investigará los hechos más graves que no están incluidos dentro de los casos abiertos desde 2019. Es decir, todas las conductas no amnistiables cometidas de manera directa o en asociación con grupos paramilitares o terceros civiles y que no corresponden con ‘falsos positivos’ (caso 03), victimización de miembros de la Unión Patriótica (caso 06), o que no están siendo investigadas en los casos territoriales (02, 04 y 05).

A partir del análisis de los informes presentados a la JEP, las cifras preliminares de la investigación indican que hay un universo de 15.710 víctimas de hechos atribuidos a miembros de la fuerza pública, 56.502 a paramilitares y 280 a otros agentes del Estado. De acuerdo con el Grupo de Análisis de la Información de la JEP, los principales crímenes atribuidos de manera directa a la fuerza pública fueron: homicidios con 8.345 casos; desplazamiento forzado, 2.904; amenazas 1.638; tortura, 1.249 y desaparición forzada, 1.136. Entre 2000 y 2009 se concentra el 51% de los hechos.

Los crímenes abordados en este nuevo macrocaso son los homicidios, masacres, desaparición forzada, desplazamiento forzado, despojo, tortura, amenaza, violencia sexual y detención ilegal. Estas conductas están mencionadas en 184 informes analizados, de los 974 recibidos por la JEP. Al integrar todas estás dinámicas de la guerra en el caso 08, que las aborda como una serie de conductas vinculadas y no como hechos fragmentados, se facilita la comprensión de los crímenes y será más eficiente impartir justicia.

Con este nuevo caso la JEP pasa de una priorización por conductas criminales a una por actores. En ese sentido, investigar la desaparición forzada de manera aislada de los asesinatos selectivos, masacres y el desplazamiento forzado truncaría las posibilidades del esclarecimiento de la verdad y la identificación de ataques amplios a la población civil. No sería correcto investigar una masacre y por otra vía el desplazamiento que esta misma causó.

LOS PRIMEROS TERRITORIOS CRÍTICOS DEL CASO 08

Los territorios más críticos en donde preliminarmente se concentrará la investigación del caso 08 son: el Gran Magdalena (Cesar-Guajira-Magdalena); los Montes de María; Ariari-Guayabero-Guaviare, Caguán y Florencia; Antioquia y el Magdalena Medio. Estas cinco zonas fueron priorizadas a partir de la magnitud de la victimización, el impacto diferenciado de los crímenes, la representatividad de los presuntos responsables, la gravedad de los hechos y la relevancia de los mismos.

Se trata de zonas que fueron de amplia influencia sociopolítica y militar de las guerrillas. Allí confluyeron organizaciones sociales, partidos políticos de oposición, asentamientos de comunidades indígenas, afrodescendientes y campesinas, así como pobladores urbanos de barrios populares e intereses particulares y estratégicos sobre el territorio. Esto habría motivado y servido de narrativa para justificar la estigmatización de sectores sociales, políticos y comunidades completas como auxiliadoras o integrantes de las guerrillas en razón a su rol social o por el hecho de habitar en esos territorios.

La información consolidada por la JEP, entre ella los informes y las observaciones presentadas por las víctimas y el Ministerio Público, da cuenta de que estos hechos modificaron de manera violenta los territorios en sus características de poblamiento, vocación económica, tenencia de la tierra, prácticas culturales, entre otras. Entre sus demandas hay un llamado para develar las relaciones que, por acción u omisión, vincularon a miembros de la fuerza pública con estructuras paramilitares.

¿QUÉ ACTORES SERÁN VINCULADOS AL CASO 08?

La JEP se concentrará en establecer, de una parte, la responsabilidad penal de miembros de la fuerza pública y otros agentes del Estado en los crímenes cometidos directamente por ellos y, de otra, en la responsabilidad penal que les pueda caber por los crímenes ejecutados materialmente por paramilitares cuando comprometan la responsabilidad penal de la fuerza pública. La Sala se concentrará en esclarecer las diversas formas de cooperación entre agentes estatales –integrantes y no integrantes de la fuerza pública- y grupos paramilitares.

Del total de presuntos responsables mencionados en los informes, ya 2.840 se han sometido a la JEP: 2.812 integrantes de la fuerza pública, 5 agentes de Estado diferentes a fuerza pública y 23 terceros civiles.

El caso 08 avanzará de “abajo hacia arriba” en la determinación de lo ocurrido y de las responsabilidades individuales hasta llegar a los máximos responsables. Pero también de “arriba hacia abajo”, pues se acopiarán y analizarán elementos que indiquen la existencia de políticas nacionales oficiales vinculadas con la promoción de las autodefensas privadas, la transformación de dichos grupos en estructuras paramilitares, su evolución y confederación y la acción criminal conjunta o coordinada con agentes estatales y terceros civiles.
La apertura del caso 08 representa una especial contribución a las garantías de no repetición. Esto, en la medida en que permitirá comprender las motivaciones de los crímenes cometidos por miembros de la fuerza pública directamente o en alianzas, desde una dimensión personal, territorial e institucional.

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