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Nacional

Jessy Quintero demandará a la Nación por caso Colmenares

El representante de la joven dice que su clienta fue perseguida durante más de 10 años por la justicia colombiana.

Hace una semana el Tribunal Superior de Bogotá confirmó en segunda instancia la absolución que había dictado el juzgado 11 penal del circuito en 2017, argumentando duda razonable ya que la Fiscalía General de la Nación no pudo comprobar que eran culpables ni la defensa de las mujeres determinar que eran inocentes.

Con la segunda instancia se cierra, generalmente, un proceso judicial aunque se pueda recurrir al recursos de casación ante la Corte Suprema de Justicia, pero en el caso de Jessy Quintero no se podrá porque los delitos que se le imputaron hace más de 10 años prescribieron. Por lo tanto, ahora, al igual que Carlos Cárdenas hace unos años, la defensa de Quintero demandará a la Nación por los daños causados a su clienta en el proceso.

Jesús Yepes, representante judicial, afirma que la mujer y exestudiante de la Universidad de los Andes fue víctima de una persecución judicial y por ende emprenderá el camino judicial ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca. “Después de tantas arbitrariedades y dos sentencias absolutorias la defensa iniciará las acciones para presentar una demanda contra todas las entidades y personas responsables de este montaje”, señaló.

Frente a Laura Moreno, la familia Colmenares y su defensa presentaron recientemente el recurso de casación ante la Corte Suprema de Justicia para que el alto tribunal dé una última revisión a uno de los casos más sonados en Colombia.

El 17 de mayo de 2017, tres años después de que el Tribunal Superior de Bogotá absolviera a Carlos Cárdenas por la muerte de Luis Andrés Colmenares en 2010, aduciendo duda razonable, la defensa del entonces estudiante de la Universidad de los Andes demandó al Estado por “daños y perjuicios causados por el tiempo que duró mi cliente privado de la libertad”, expresó su abogado Mario Iguarán en 2017. Sin embargo, menos de dos meses después, el 13 de julio de ese año, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca rechazó la demanda por “caducidad del medio de control”. El valor de la misma ascendía a más de 2 mil millones de pesos, ante esto, Iguarán presentó recurso de apelación.

Así en marzo de 2018, el Consejo de Estado negó en definitiva la petición de la defensa de Cárdenas y su familia. Según el el magistrado Guillermo Sánchez, la familia de Carlos Cárdenas debió haber presentado la solicitud de indemnización en los dos años posteriores a la ejecutoria de la sentencia que lo declaró inocente en el caso y que tiene fecha del 19 de enero de 2015. “El término se suspendió desde la presentación de la solicitud de conciliación extrajudicial; es decir, desde el 23 de diciembre de 2016 hasta el 20 de febrero del 2017. Así las cosas, el plazo para acudir a la jurisdicción se extendió hasta el 21 de marzo de 2017 y como la demanda se instauró el 17 de mayo de ese año, operó el fenómeno preclusivo de la caducidad”.

Así que finalmente este no recibió el dinero solicitado. En el caso de Jessy Quintero, este término puede no cumplirse teniendo en cuenta la inmediatez de la demanda que vendría si así lo cumple el abogado.

Por su parte, Oneida Escobar, mamá de Luis Andrés se pronunció frente a la sentencia en segunda instancia: “ellas no se imaginan lo que una mamá descansa cuando sabe la verdad de lo que le pasó a su hijo. En la fundación que tengo, en honor a Luis Andrés, llegan muchas mamás y es el mismo sentimiento de saber qué le pasó a su hijo yo le diría a ellas que me digan qué le pasó a Luigi”. Con Infobae

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