martes, abril 23, 2024
Nacional

‘Bienes de las Farc deben ser objeto de extinción de dominio’

Ante la Sala Plena de la Corte Constitucional el procurador general, Fernando Carrillo, hizo varias observaciones al Decreto 903 de 2017, mediante el cual se determina la realización de un inventario de bienes del grupo de las Farc.

El jefe del Ministerio Público indicó que para la conformación del inventario y entrega de bienes de las Farc necesariamente implica «una extinción de dominio sui generis, pues este es el único medio  para que el Estado pueda legítimamente recibir los bienes provenientes del delito y utilizarlos para una finalidad constitucionalmente imperiosa como lo es la reparación de las víctimas».

Indicó que decir que no es una extinción de dominio, sería tanto como considerar que «existió una donación o una asociación del grupo guerrillero con el Estado para la conformación de un patrimonio autónomo que, en estas condiciones, estaría viciado por la ilegitimidad de la procedencia de los bienes».

Agregó que, en cuanto a la subsistencia de los desmovilizados de las Farc, en particular si se puede financiar con los recursos del patrimonio autónomo producto del inventario definitivo de los bienes y activos que ese grupo entregue al Gobierno Nacional, «la respuesta debe ser negativa, porque el Acuerdo Final y el objetivo de la justicia transicional, según el Acto Legislativo 01 de 2017, establecen que la destinación de esos recursos es exclusivamente para indemnizar a las víctimas del conflicto armado». Con CM

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