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Personero de Codazzi se extralimitó en caso de gerente de hospital y fue sancionado por la Procuraduría

La Procuraduría General de la Nación suspendió por cuatro meses al personero de Agustín Codazzi, Cesar, para el periodo 2016-2020, Jorge Alfredo Ovalle Márquez, por incumplir el procedimiento establecido para el mecanismo jurídico de recusación.

El ente de control evidenció que durante el 24, 25 y 26 de julio de 2017, el disciplinado dio continuidad a un proceso disciplinario, al permitir que la suspensión provisional ordenada a Amalia Rosa Mejía Díaz, gerente del hospital de esa localidad,  se comunicara, notificara y quedara en firme, cuando la actuación se encontraba suspendida por el trámite de una recusación formulada en su contra.

El funcionario transgredió el artículo 87 de la Ley 734 de 2002 que establece que “cuando se trate de recusación, el servidor público manifestará si acepta o no la causal, dentro de los dos días siguientes a la fecha de su formulación (…)”.

Así mismo, incumplió el artículo 78 de la misma norma que señala que “los procesos disciplinarios que adelante la Procuraduría General de la Nación y las personerías distritales y municipales se tramitaran de conformidad con las competencias establecidas en la ley (…) con observancia del procedimiento establecido en este código”.

La falta de Ovalle Márquez fue calificada por la Procuraduría Provincial de Valledupar como grave a título de culpa grave.

El Ministerio Público compulsó copias a la Fiscalía General de la Nación y a la Procuraduría Provincial de Valledupar, para que en el marco de sus competencias investiguen presuntas inconsistencias en el material probatorio aportado a este proceso por parte del Hospital Agustín Codazzi.

La defensa del funcionario municipal interpuso recurso de apelación contra esta decisión de primera instancia, que será resuelto por la Procuraduría Regional del Cesar.

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