Reglas de como jugar bingo.

  1. Bingo Online Gratis 90 Bolas 2026 Juega Ahora: También le informamos todo sobre los bonos que puede reclamar utilizando aplicaciones móviles, y cómo son sus términos y condiciones.
  2. Ruleta Multijugador 2026 Empieza Aquí - Muchas opciones de métodos de pago permiten a los jugadores tener una amplia preferencia de elección al seleccionar una forma que sea favorable para ellos.
  3. Mejor Casino Online Que Acepta Maestro 2026 Empieza A Jugar: Las recompensas se adaptan a ti en función de los juegos que juegues.

Paginas de poker españa.

Bingo 25 Euros Gratis 2026 Juega Online Ya
El casino paga el 95,5% de los fondos, lo que está por encima del promedio en el negocio de los juegos de azar.
Cleopatra Maquina Tragamonedas 2026 Depósito Instantáneo
Estos dependen del país en el que estés, y su cantidad depende del casino escogido por ti..
Todas las ganancias se multiplican por la cantidad de líneas de pago.

Juego video poker.

Ruleta Movil 2026 Probados Y Verificados
Como plataforma de iGaming de primer nivel, Borgata Casino también ofrece una versión móvil de su casino en línea.
Casino Movil Bono Sin Deposito 2026 Depósito Instantáneo
Skrill es definitivamente uno de los proveedores de pagos y billeteras electrónicas más populares en el mercado tanto a nivel mundial como en España dentro de los casinos y tragamonedas en línea..
Ruleta Europea 2026 Sitios Mejor Valorados

Actualidad

Exdirectora del DAS, María del Pilar Hurtado, podría recibir casa por cárcel

Así lo confirmó el INPEC. Hurtado fue condenada por los seguimientos ilegales a políticos, periodistas y defensores de Derechos Humanos durante el gobierno de Álvaro Uribe Vélez.

En la mañana de este martes se conoció que Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) habría dado concepto favorable para que María del Pilar Hurtado Afanador, exdirectora del extinto departamento Administrativo de Seguridad (DAS) tenga el beneficio de detención domiciliaria.

La prisión domiciliaria es un mecanismo que priva de la libertad a la persona enjuiciada, bien sea en la residencia, morada o en el lugar que el juez determine para que cumpla su pena. Dicha decisión, estará en manos de un juez quinto de ejecución de penas de Bogotá, quien determinará si Hurtado es idónea para dicha sentencia.

La defensa de María del Pilar Hurtado presentó un ‘arsenal’ de documentación ante el Juzgado Quinto de Ejecución de Penas, donde se evidencian certificados de redención y resolución favorables de la condenada, con la que se busca una libertad condicional para la exfuncionaria del Estado o la detención domiciliaria.

“Otorgar resolución favorable al privado de la libertad Hurtado Afanador María del Pilar, para que el juez de Ejecución de Penas de Medida de Seguridad que vigila la pena, considere de acuerdo a sus facultades legales si le otorga o no el beneficio judicial de la libertad condicional”, se lee en uno de los apartes de los documentos.

Recordemos que la exdirectora del DAS fue condenada a prisión desde hace casi 6 años, en el 2015, quien tendrá que pagar una pena por violación ilícita de comunicaciones, abuso de función pública, concierto para delinquir, peculado por apropiación y falsedad ideológica en documento público.

En contexto

Desde octubre del 2020, cuando un juez le negó la casa por cárcel a Hurtado, la defensa de la exfuncionaria venía solicitando dicha medida para Hurtado Afanador. La exdirectora del organismo de seguridad había solicitado, en junio del año pasado, que se le otorgara prisión domiciliaria, atendiendo a su situación de madre cabeza de familia y a que sus padres son adultos mayores que necesitan de su cuidado.

El órgano judicial estudió una serie de documentos enviados por la defensa de Hurtado al Instituto Penitenciario y Carcelario (Inpec) y al Ministerio de Defensa, al igual que un informe sobre una visita domiciliaria que se le realizó a los padres de la exdirectora del DAS para permitir que su condena pudiera ser cumplida desde su hogar; sin embargo, el despacho negó su solicitud.

María del Pilar Hurtado se encuentra pagando una condena de 14 años, emitida por la Corte Suprema de Justicia en abril de 2015, por seguimientos e interceptaciones ilegales a periodistas, magistrados, abogados y opositores del gobierno de Álvaro Uribe Vélez, que, en ese entonces, pasaba por su segundo mandato.

La Corte Suprema de Justicia la encontró culpable de los delitos de violación ilícita de comunicaciones, concierto para delinquir, abuso de función pública, peculado por apropiación y falsedad ideológica en documento público.

El órgano judicial, en el fallo de su condena, también señaló que se tenían pruebas de cómo, desde la dirección del DAS, se ordenó hacer el seguimiento a personas clave, para así obtener información que ayudó a generar campañas de desprestigio.

Entre las personas que fueron interceptadas por el DAS en ese entonces, aparecían el periodista Daniel Coronell y su abogado Ramiro Bejarano Guzmán y el periodista y exconcejal de Bogotá Hollman Morris.

De acuerdo con las evidencias recolectadas por la Corte, la exdirectora del DAS recibía directamente esta información, y luego se la proporcionaba a distintos funcionarios de la Presidencia de la República, y en casos muy específicos a Álvaro Uribe Vélez, el entonces presidente de Colombia.

Solicitud de tutela

En 2015 Hurtado presentó una tutela alegando que se le habían vulnerado algunos de sus derechos a la hora de determinarse su condena, y, por tanto, pedía la nulidad de la misma. Sin embargo, hace dos semanas la Corte Suprema de Justicia negó la acción de tutela.

En el documento, la exdirectora del DAS argumenta que la recolección de la información se realizó ‘bajo el amparo legítimo de las funciones del DAS’, y que su caso no fue juzgado con imparcialidad, ya que los nueve magistrados que llevaban el caso se declararon impedidos, y quienes los reemplazaron fueron escogidos de una lista otorgada por los primeros.

Este recurso le fue negado en primera instancia, pero, este año, la Agencia Nacional Jurídica del Estado le pidió a la Sala de Casación Civil el expediente de la tutela para explicar por qué no se tramitó la impugnación. La Sala Laboral de la Corte Suprema, respondió que la solicitud de 2015 fue una nulidad y no una impugnación del fallo, es decir, solo se revisó la condena.

En la tutela, Hurtado también manifestó que, cuando se realizaron las interceptaciones, entre 2007 y 2008, no había una regulación respecto a las actividades de inteligencia. Sin embargo, la Corte le aclaró que sí existía jurisprudencia respecto al derecho a la intimidad, y que para hacer una interceptación era necesaria una orden judicial.

Así, la Corte Suprema de Justicia determinó que sí existen las pruebas suficientes para la condena de Hurtado, y que, por tanto, la tutela era inválida y debía ser negada.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *