Confirman condena de 35 años de prisión a Rodrigo Tovar Pupo por masacre en el Cesar

La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema Justicia inadmitió la demanda presentada por la defensa del excabecilla paramilitar Rodrigo Tovar Pupo, alias «Jorge 40» y de oficio casó parcialmente una sentencia del Tribunal Superior de Valledupar, declaró la prescripción del delito de homicidio y lo condenó por desaparición forzada a 35 años de cárcel.
La Sala compulsó copias para que se investigue penal y disciplinariamente la demora injustificada en la remisión del proceso del Juzgado Penal del Circuito Especializado de Valledupar al Tribunal Superior del respectivo distrito Judicial, lo que generó que se produjese la prescripción de la acción penal por el delito de homicidio.
«Cuando la prescripción se produce después de la sentencia de segunda instancia, su legalidad no se puede discutir a través del recurso de casación», precisó la Sala al pronunciarse sobre la demanda de casación, presentada por la defensa de Tovar Pupo, en la cual se cuestionó la sentencia de segunda instancia del 17 de junio de 2025, proferida por la Sala de decisión penal del Tribunal Superior de Valledupar, que confirmó el fallo de primera instancia emitido el 20 de agosto de 2020, por el Juzgado penal del circuito especializado de descongestión de esta ciudad. Este despacho condenó al procesado como responsable de los delitos de homicidio agravado y desaparición forzada.
El procesado Tovar Pupo fue condenado a la pena principal de (60) años de prisión, con una multa de (8.000) SMLMV.
También se le impuso la pena accesoria de inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el término de 11 años (134 meses). Se negaron los beneficios de la suspensión de la ejecución de la pena y la prisión domiciliaria. En esta misma decisión, el acusado fue absuelto por el delito de secuestro extorsivo.
El 27 de octubre de 1996, aproximadamente a las 11:00 de la noche, un grupo de cerca de 40 hombres de las Autodefensas de la Costa Norte, organización armada al margen de la ley, encabezada por Salvatore Mancuso Gómez, llegó al corregimiento de Medialuna del municipio de San Diego (Cesar), en medio de las fiestas patronales. Luego de tomar el control del lugar, alias “La Maye” procedió a señalar a varias personas por pertenecer a la guerrilla, lo que culminó con la muerte de Jesús Cardoza, Jorge Cardoza Puentes, Aurelio Lindarte Prado, Alirio Quintero Trillos, Huber Ascanio Abril, Enemias Durán Pérez y Carlos Uriel Cárdenas.
Durante la incursión, la organización paramilitar retuvo a Geovany Parra García, Noel Durán Pérez, Gerardo Arévalo y Olger Quintana Sánchez. Estas personas quedaron bajo el mando de alias “Baltazar”, quien, al frente de la unidad ilegal que operaba en el municipio El Difícil (Magdalena), recibió la orden de trasladarlas a ese lugar y mantenerlas retenidas. Sin embargo, de estas personas no se volvió a saber nada; fueron desaparecidas.
En este accionar delictivo, que involucró la incursión armada y la comisión de los delitos, junto a Mancuso en la impartición de órdenes en el lugar de los hechos, participó Rodrigo Tovar Pupo, conocido dentro de las AUC con el alias de “Jorge 40”, reseña la sentencia.
Tovar Pupo fue extraditado a los Estados Unidos el 13 de mayo de 2008 por el delito de narcotráfico y tras cumplir la condena en ese país hasta 2020 (12 años), fue deportado a Colombia donde rinde ahora cuentas por los crímenes cometidos en el país como cabecilla paramilitar. Con RSF

