viernes, mayo 10, 2024
Nacional

Abogado que demandó al alcalde de Tunja ahora trabaja para la Alcaldía

En las últimas horas se conoció que el abogado que interpuso la demanda de nulidad electoral contra el alcalde de Tunja, Mikhai Krasnov, fue contratado por la empresa Ecovivienda, que hace parte de la administración municipal, y prestará sus servicios profesionales.

Se trata de Juan Sebastián Ramírez García que demandó ante el Tribunal Administrativo de Boyacá dos semanas después de que Krasnov fue electo como mandatario local, al considerar que el ruso estaba inhabilitado. Sin embargo, el abogado retiró la demanda y, días después, el alcalde lo contrató para que preste sus servicios en la alcaldía.

De acuerdo con el contrato de la Empresa Constructura de Vivienda de Tunja, el jurista fue contratado para la:

“Prestación de servicios profesionales como abogado para adelantar el proceso de negociación con los beneficiarios de los proyectos Estancia del Roble y Torres del Parque del municipio de Tunja, apoyo jurídico en la elaboración de resoluciones del área técnica, y administrativa, emisión de conceptos jurídicos referentes a Peticiones, Quejas y Reclamos, derechos de petición, y demás procesos misionales de Ecovivienda y servir de enlace con la Alcaldía Mayor de Tunja”.

Además, según con la información publicada en SECOP, la contratación sería durante 10 meses y 11 días, con vencimiento el 26 de diciembre del 2024, por el valor estimado de $54.285.000.

Krasnov llegó a Colombia en 2008 como estudiante de intercambio con la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia (Uptc), mientras adelantaba estudios en la Universidad Humboldt de Berlín. En la capital boyacense se dedicó a aprender español como sexto idioma de los que domina, pero terminó por enamorarse del país.

Era conocido como el único ciudadano ruso radicado en Tunja y después como profesor de la universidad pública. Fue así como sorprendió cuando decidió lanzarse a la política, con un partido nuevo, La Fuerza de la Paz de Roy Barreras, sin ninguna tradición política en la ciudad.

¿De qué se trataba la demanda?

La elección de Krasnov enfrentó una impugnación legal luego de que el abogado Juan Sebastián Ramírez presentara una demanda ante la corte, alegando una supuesta inhabilidad de Krasnov para ocupar su cargo, argumentando que infringe normativas estatales. Esta acción legal se basaba en la existencia de un contrato de cátedra que Krasnov habría firmado con la Uptc, específicamente en su sede de Tunja, el 6 de diciembre de 2022.

La demanda sostiene que dicho contrato violaría el numeral tercero del artículo 37 de la Ley 617 del 2000, precepto que invalida la elección de cualquier candidato si, en los doce meses anteriores a su elección, hubiera celebrado contratos con entidades estatales. La ley busca preservar la independencia de los cargos públicos de influencias previas derivadas de contratos estatales, señalando un posible conflicto de interés que podría afectar la integridad de la función pública.

Para sustentar su argumento, el abogado Ramírez detalló la cronología y los términos del contrato entre Krasnov y la Uptc, subrayando cómo estos hechos podrían constituir una vulneración de las normativas electorales y, en consecuencia, poner en tela de juicio la legitimidad de la elección de Krasnov.

Por su parte, la Procuraduría General de la Nación había anunciado en días pasados que se podría inhabilitar al alcalde de Tunja para ejercer la dirección de la ciudad. Según alertó el Ministerio Público, la sola fecha de suscripción del contrato marca un tiempo inferior a un año respecto a la fecha de las elecciones locales del 29 de octubre de 2023, por lo que constituiría una causal de inhabilidad para la carrera política del ruso-colombiano.

De acuerdo con el régimen de inhabilidades, nadie podrá ser candidato, elegido o designado como alcalde si “dentro de los 12 meses anteriores a la fecha de la elección ejerció como empleado público, jurisdicción o autoridad política, civil, administrativa o militar, en el respectivo municipio”. Con Infobae

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