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Nacional

Seguirán las clases de religión, Consejo de Estado no aceptó demanda que pretendía quitarlas

El Consejo de Estado desestimó una demanda de un ciudadano con la que se pretendía que en los colegios públicos y privados de Colombia se dejara de impartir la catedra o clase de religión.

El ciudadano que presentó la demanda es Luis Bernardo Díaz, quién demandó dos artículos de un decreto del Ministerio de Educación que permite a las instituciones educativas de todo el país impartir instrucción religiosa a todos los alumnos, desde preescolar, básica primaria, y educación media (bachillerato).

Para el demandante la única obligación de las instituciones educativas pasaba por enseñar la Constitución del 1991, clases de cívica, y principios y valores de la participación ciudadana.

En el expediente de caso se lee que una de las preocupaciones del demandante es que no se estaba cumpliendo con el principio que afirma que Colombia es un estado laico y que se estaba atentando contra la libertad religiosa por cuenta de las clases de religión en los colegios del país.

“Expuso, en síntesis, que la normativa acusada no garantiza la libertad de cultos prevista en la Constitución Política; por el contrario, la condiciona a que el alumno tome obligatoriamente una clase de religión so pena de verse afectado en su rendimiento académico”, se lee en el documento.

Ante la querella, el Ministerio de Educación defendió esta catedra afirmando que en Colombia hay libertad para enseñar y dar información religiosa en los colegios, ya sean públicos o privados. Además, que dentro de la normativa está contemplado que los alumnos puedan reusarse a recibir este tipo de cátedras, lo que le dará la posibilidad de una alternativa que debe estar en el PEI (Proyecto Educativo Institucional) de cada centro de enseñanza básico.

Sobre la decisión final, el Consejo de Estado considera que los dos artículos demandados por el ciudadano no violan la libertad religiosa en el país, pues no implica una imposición de creencias hacía los estudiantes. Incluso, la normativa pretende darle libertad religiosa a los alumnos de los colegios en Colombia.

“Lo que se advierte es que basta con manifestar el deseo de no querer recibir la catedra para que, en consecuencia, puedan acceder al programa alternativo que debe estar previsto en el PEI, con lo cual se salvaguardan, respetan y cumplen las disposiciones constitucionales y legales que garantizan los derechos a la libertad religiosa y de cultos”, concluyó el Consejo.

Por último, el consejo de Estado enfatizó que, si bien un colegio puede establecer este tipo de catedra, en el caso que un alumno quiera aprender de religión lo puede hacer y no hay nada en la reglamentación que se lo impida.

Aunque esta no es la primera vez que se demanda al Estado con el argumento que Colombia es un Estado Laico, y es que hasta el presidente saliente de Colombia, Iván Duque, estuvo envuelto en una demanda de este tipo cuando afirmó: “Agradeciendo a Dios y a la Virgen de Chiquinquirá por haberme guiado durante estos cuatro años”.

En julio 27 de 2020, la Sala de decisión del Tribunal Superior de Cali le dio la razón a un ciudadano que pidió la protección de sus derechos (aludiendo que se estaba violando el principio de libertad de culto en el país bajo el principio que Colombia es un Estado Laico) afectados por un trino hecho desde la cuenta del presidente Iván Duque. Con Infobae

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