jueves, abril 25, 2024
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Duque sanciona la Ley de Fronteras y Ley de Política Integral Migratoria

El presidente Iván Duque Márquez, sanciona este miércoles la Ley de Fronteras y la Ley de Política Integral Migratoria, durante un acto que tendrá lugar en la capital del departamento del Amazonas.

Participarán embajadores, delegados de la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), representantes del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (Acnur) y los congresistas ponentes de los proyectos legislativos aprobados por el Senado y la Cámara de Representantes.

La firma tiene lugar en el departamento del Amazonas, zona conocida como la triple frontera, de Colombia, Brasil y Perú.

La Ley de Fronteras

El Proyecto de Ley de Fronteras fue presentado conjuntamente por la Cancillería y congresistas de distintas fuerzas, atendiendo a las necesidades expresadas por los gobiernos departamentales y municipales, las autoridades de resguardos indígenas, consejos comunitarios, comunidades raizales y Pueblos Rrom, en las reuniones de las comisiones regionales para el desarrollo de las fronteras.

• Esta Ley establece un régimen especial para los departamentos fronterizos, los municipios y las áreas no municipalizadas fronterizas, declarados zonas de frontera.

• Y cumple con uno de objetivos fijados en el Plan Nacional de Desarrollo ‘Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad’, en materia de promoción del desarrollo y la equidad en los territorios fronterizos.

• La norma promueve beneficios económicos, por medio del régimen especial aduanero en favor de los municipios y áreas no municipalizadas fronterizas; medidas de facilitación del comercio transfronterizo en zonas de frontera en condiciones tributarias y aduaneras favorables y diferenciadas; y la formalización de corredores logísticos de aprovisionamiento y abastecimiento.

• Para fortalecer la competitividad nacional, el comercio internacional y el control migratorio, el proyecto propone un modelo integrado de gestión de centros nacionales y binacionales de atención en frontera; actualiza y delimita competencias institucionales en materia de diseño, construcción y optimización de la infraestructura fronteriza, y regula el procedimiento de habilitación de los pasos fronterizos.

• Así mismo, garantiza la continuidad del suministro de combustibles líquidos a través de esquemas de solidaridad, subsidios y exenciones de carácter tributario y reitera la política de suministros y precios de combustible en las zonas de frontera, dada su altísima sensibilidad social.

• Plantea nuevos marcos de planeación nacional y territorial para que existan planes y proyectos especiales para el desarrollo y la integración fronteriza, mejorando la articulación entre entidades del orden nacional y territorial.

• Se definen los criterios para la conformación de esquemas de asociatividad fronteriza.

• Prevé la adopción de medidas de fortalecimiento de la defensa y seguridad nacional, de la seguridad integral marítima y fluvial en zonas fronterizas, y la generación de conocimientos científicos y técnicos en dichas áreas.

• Incorpora la figura de las zonas especiales de intervención fronteriza, la cual permite adoptar medidas excepcionales para enfrentar crisis que afecten la estabilidad de las fronteras.

Contexto de fronteras

• Colombia tiene fronteras terrestres con cinco países. Los límites con Venezuela tienen 2.219 kilómetros de longitud, con Brasil 1.645, con Perú 1.626, con Ecuador 586 y con Panamá 226 kilómetros.

• Las fronteras con Venezuela y Ecuador han tenido históricamente un intenso intercambio humano y económico, si bien la zona limítrofe colombo-venezolana ha estado prácticamente cerrada en los últimos años.

• En los demás países, se trata de fronteras en áreas selváticas o poco pobladas.

La Ley de Política Integral Migratoria

El Proyecto de Ley por medio de la cual se establecen los lineamientos, principios y marco regulatorio de la Política Integral Migratoria del Estado colombiano, fue propuesto en 2019 por el entonces Ministro de Relaciones Exteriores, Carlos Holmes Trujillo (fallecido el pasado 26 de enero); en unión de varios congresistas.

• El objetivo del proyecto fue disponer de una ley que estableciera las definiciones, conceptos, principios y lineamientos para la reglamentación y orientación de una Política Integral Migratoria de Estado que genere condiciones a los migrantes en Colombia y a su vez a los colombianos en el exterior.

• Por medio de la norma se trazan los ejes para la gestión de fronteras y las crisis humanitarias.

• Se crea el Sistema Nacional de Migraciones, liderado por Cancillería con participación de los Ministerios de Salud, Trabajo y Educación, Congreso, Procuraduría y la Mesa Nacional de Sociedad Civil para las Migraciones.

• Define los requisitos y condiciones de ingreso, permanencia de extranjeros, otorgamiento de visas y aplicación del régimen legal de nacionalidad.

• Crea el piso jurídico de la autoridad en materia migratoria en cabeza de Migración Colombia.

• Crea el Fondo Especial para las Migraciones, como una cuenta adscrita al Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores.

• Genera condiciones para los Colombianos Retornados, establece los lineamientos para la inscripción en el Registro Único de Retorno. Se establece acompañamiento del Estado y especial apoyo de Educación para la convalidación.

• En materia de Integración Socioeconómica y productiva de los Migrantes, se impulsan procesos de caracterización y de fomento al empleo, atracción de inversión, competitividad en zonas frontera y de alta concentración migrante. También inclusión financiera.

• Genera condiciones para el fortalecimiento de la Comunidad de Colombianos en el Exterior, enfocado en mejorar las estadísticas de colombianos en el extranjero y realizar acciones consulares para fortalecer el tejido social y actividades entre connacionales.

• En cuanto a los extranjeros en Colombia, se establecen los deberes a cumplir, genera condiciones para propiciar información de requisitos. Se establece el marco de aplicación para otorgar el status de refugiado, y asilo.

• Finalmente, se adoptan medidas de prevención, protección, asistencia, investigación y judicialización en contra de la trata de personas y el tráfico de migrantes.

Contexto de la migración

El proyecto de ley buscó ajustar la política migratoria a las nuevas dinámicas y a las necesidades e intereses nacionales. En ese sentido, Colombia pasó de ser un país generador de migrantes a receptor desde hace menos de diez años.

• De acuerdo con Migración Colombia, en el país se encuentran cerca de 1.8 millones de ciudadanos venezolanos que abandonaron su país ante la crisis económica y política.

• En 2015 en el país se registraba la cifra de 31.471 ciudadanos venezolanos.

• Entretanto, se calcula que más de 500 mil colombianos han retornado con la situación humanitaria de Venezuela.

• Para enfrentar la crisis migratoria venezolana, en marzo pasado el Gobierno del Presidente Iván Duque Márquez decretó la creación del Estatuto Temporal de Protección a Migrantes.

• En mayo pasado se abrió la primera de las tres fases del proceso de implementación del Estatuto, que es la inscripción en el Registro Único de Migrantes venezolanos. Este registra a la fecha 1’142.000 inscritos.

• Por otra parte, cerca de 4,7 millones de colombianos residen en el exterior.

• Por su ubicación geográfica Colombia es ruta de tránsito de migrantes, tanto hacia el norte como hacia el sur del continente.

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