viernes, abril 26, 2024
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Corte admite impugnación de Andrés Felipe Arias

En un auto de cinco páginas, la Sala de Casación Penal le concedió al exministro Andrés Felipe Arias la impugnación contra el fallo con el que fue condenado a 17 años de prisión el 16 de julio del 2014.

Ese año, Arias fue condenado por los delitos de contrato sin el cumplimiento de requisitos legales y peculado por apropiación por el caso de corrupción de Agro Ingreso Seguro.

Con esto, la Sala Penal tendrá que estudiar esa impugnación para definir si mantiene la condena contra Arias, la modifica o la tumba. En cualquier caso, no se pondrá poner una pena mayor a la que ya tenía Arias, quien se encuentra detenido en el Cantón Norte, luego de que volvió el año pasado a Colombia, extraditado desde Estados Unidos.

El alto tribunal asegura que acepta ese recurso de impugnación en cumplimiento de la orden que la dio la Corte Constitucional el pasado 21 de mayo, cuando resolvió una tutela de Andrés Felipe Arias en la que estableció que el exministro, que fue condenado en única instancia, tenía derecho a que se revisara esa sentencia.

En el documento de ahora, la Sala Penal, con ponencia del magistrado Luis Antonio Hernández, asegura que la impugnación se le había negado a Arias el 13 de febrero del 2019 pero justamente esa decisión fue la que la Corte Constitucional dejó sin efectos cuando estableció que se le debía conceder al exministro el derecho a impugnar su condena.

Al resolver la tutela de Arias, la Corte Constitucional dijo que la condena en su contra conservaba el carácter de cosa juzgada, es por esto que el alto tribunal no permitió que en su caso hubiera lugar a pedir libertades o prescripciones.

Por eso, en la decisión de ahora, la Corte Suprema de Justicia asegura que al revisar la impugnación que presentó Arias, la competencia de la Sala de Casación Penal se limitará a «conceder la impugnación y a ordenar que se realice el sorteo de asignación del caso a un magistrado ponente, quien estará a cargo del trámite y conformará la Sala de Decisión con los dos magistrados que en orden alfabético sigan en turno».

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