27 de julio , 2024
Actualidad

Se negó a practicar una cirugía por no contar con elementos de protección y lo echaron

A través de una red social se conoció el caso de un médico cirujano que se negó a realizar una intervención quirúrgica a una mujer, por no contar los elementos necesarios para su protección; por lo cual, según indica, la clínica prescindió de sus servicios. Clínica Emcosalud responde.

El cirujano general, Fernando Ruiz, a través de sus redes sociales denunció que se negó a practicarle una colecistectomía electiva a una mujer de la Clínica Emcosalud, debido a que no contaba con los elementos de protección necesarios para salvaguardar su vida y la de su paciente, por lo cual, fue despedido.

Según Ruiz, la clínica no le brindo para su protección unas gafas hologramas como lo exige la norma y tampoco un tapabocas M95.

“La coordinadora médica me informó que, a partir de la fecha, la clínica prescindía de mis servicios como cirujano. Que, si no aceptaba operar con lo que la clínica me ofrecía, tenía que irme”, afirma el médico cirujano.

Añadió que en ninguna circunstancia se debe permitir “ese manoseo” y que dicha decisión le ayudó a salir con la dignidad en alto para poner mirar a la cara a su familia, colegas, estudiantes y pacientes.

La clínica responde

La Clínica a través de un comunicado de prensa indicó aclaro que al doctor Ruiz no se le ha terminado su relación contractual y que la coordinación medica no está autorizada, ni por delegación, para tomar este tipo de decisiones.

En ese sentido, indican que a pesar de las disposiciones legales que obligan a las ARL a dotar al personal de los elementos de protección personal (EPP), la clínica en el marco de sus recursos disponibles por las grandes deudas de las EPS y demás contratantes ha venido garantizando estos elementos para todos sus funcionarios a los precios exorbitantes del mercado, con incrementos entre el 100 al 1.500 por ciento y sin una actividad regulatoria clara.  “Es el momento de manifestar que la ARL no ha cumplido hasta la fecha su responsabilidad legal”.

Asimismo, afirman que, la controversia surgida entre la coordinadora médica, doctora Nubia Roció Hernández y Ruiz gira en torno a la atención de una usuaria ni sospechosa ni positiva para Covid 19, que ameritaba un procedimiento quirúrgico que se derivó de una atención de urgencias, y los elementos de protección personal que se suministraron, pero que según el galeno no cumplen los estándares de la OMS y la Sociedad Colombiana de Cirugía, dicha información indican que la respetan, pero no comparten.

“Sobre las normas o protocolos de bioseguridad el gobierno nacional expidió el decreto 539 de 2020, donde establece que le corresponde al Ministerio de Salud, como único competente, expedir las normas al respecto, indicando de manera clara y precisa que no existen otras autoridades que puedan expedir normas, valga la redundancia, sobre la materia: “Artculo1. Protocolos de bioseguridad durante el término sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social, con ocasión de la pandemia derivada del coronavirus Covid-19, el Ministerio de Salud y Protección Social será la entidad encargada de determinar y expedir los protocolos de bioseguridad se requieran para todas las actividades económicas, sociales y sectores de la administración pública, para evitar la propagación y realizar el adecuado manejo de la pandemia del coronavirus Covid-19”, dicen.

Diario del Huila

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