jueves, abril 25, 2024
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Fue extendido hasta diciembre de 2019 el decreto del ‘Día sin moto’ en Valledupar

La restricción de la circulación de motocicletas continuará en el horario comprendido entre 8: 00 a. m. y 6: 00 p. m.

La administración municipal a través del Decreto N°001259 decidió ampliar las medidas restrictivas que actualmente tienen las cerca de 49.073 motocicletas que transitan en la ciudad.

Otras restricciones para las motocicletas

Zona céntrica
Las motos no podrán ingresar de lunes a viernes a la zona céntrica de la ciudad a partir de las 7: 00 a. m. hasta las 7:00 p.m (La carrera 4 entre calle 17ª y calle 14; calle 14 entre carrera 4 y carrera 12; carrera 12entre calle 14 y calle18; Calle 18 entre carrera 12 y carrera 8; carrera 8 entre calle 18 y carrera 7; Calle 19 entre carrera 7 y carrera 6; carrera 6 entre calle 19 y calle 17; calle 17ª entre carrera 6 y carrera 4.

Transporte de parrillero
El día sábado de cada semana queda prohibido el transporte de acompañante en motocicleta sin importar su cilindraje, en el horario de 7: 00 a. m. y 7: 00 p. m.

Las medidas exime a miembros de la Fuerza Pública, Autoridades de Tránsito, personal de seguridad de las entidades del Estado, organismos de socorro, escoltas de funcionarios del orden nacional, Departamental y Municipal, escoltas o guardias de empresa de vigilancia, mensajeros, periodistas debidamente carnetizados y acreditados por la empresa, cuya motocicleta esté identificada con el logo de la casa periodística. Al personal dedicado a la reparación y mantenimiento de servicios públicos domiciliarios. Las motocicletas que presten el servicio de mensajería deben ser de propiedad de la empresa.

Las motocicletas que se le han efectuado adaptaciones para el servicio de una persona discapacitada y que se utilizado por ellos, siempre y cuando porte su licencia de conducción y esta sea de la categoría necesaria y contenga la restricción del conductor respectiva.

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