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Ordenan libertad del exgobernador de Arauca por vencimiento de términos

La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia ordenó la libertad inmediata al exgobernador de Arauca, Julio Enrique Acosta Bernal, investigado por homicidio y concierto para delinquir.

La Corporación Judicial acogió la petición que presentó la defensa del exmandatario departamental, que argumentó que con base en la Ley 1786 de 2016 «la restricción del derecho de la libertad no puede ser indefinida, máxime cuando no se ha vencido en juicio al procesado».

Explicó la Corte que «no se observa que en la prolongación del término de privación de la libertad hayan tenido influencia situaciones que pudieran calificarse como dilatorias del proceso por parte del acusado o su defensor» y agrega que «por haberse sobrepasado con creces el término máximo de vigencia de la medida de aseguramiento (…) existe una vulneración a la garantía fundamental a ser juzgado dentro de un plazo razonable».

Sin embargo, el Alto Tribunal hizo un llamado de atención sobre la aplicación de la ley al indicar que «de acuerdo con la realidad de la práctica jurisdiccional en lo penal, constatable por la Sala en el ejercicio de sus funciones constitucionales y legales, no es dable afirmar con confiabilidad que los procesos penales ordinarios se tramiten en un año (ni en dos), con emisión de sentencia de segunda instancia».

Añadió la Corte que la realidad esta? lejos de que se cumplan tales tiempos y, de cara a la fijación de los efectos legales de la vulneración del plazo razonable en procesos con persona privada de la libertad, «ninguna solidez tiene estimar la duración efectiva de los procesos, en las diferentes instancias, a partir de “la consulta con algunos jueces y fiscales, para comparar las reglas previstas en la ley con la práctica”, sin que se cuente con un soporte empírico y científico pertinente». Con CM

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