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Judicial

Condenado el Ejército por el asesinato extra judicial de un mototaxista

El Tribunal Administrativo del Cesar confirmó, después de 29 años, la responsabilidad del Ejército Nacional por la muerte de Diovanys José Caamaño Rojas, ocurrida el 28 de agosto de 1997 en el municipio de Curumaní, Cesar, cuando se movilizaba en una motocicleta con otras dos personas. Los tres fueron interceptados y asesinados por miembros del Batallón de Contraguerrillas No. 2 “Guajiros”, en un hecho que posteriormente fue presentado falsamente como un combate contra el ELN.

Tras establecer que el joven de 24 años fue víctima de una ejecución extrajudicial perpetrada por integrantes del Ejército, la Sala condenó al Estado por considerar que hubo una falla en el servicio y ordenó el pago de indemnizaciones a sus familiares, por concepto de perjuicios materiales e inmateriales, incluyendo el reconocimiento de lucro cesante y perjuicios morales.

En la sentencia de segunda instancia, el Tribunal concluyó que los hechos no correspondieron a un enfrentamiento armado, como lo sostuvo la versión oficial, sino que se trató de la ejecución de un civil en estado de indefensión, quien posteriormente fue presentado falsamente como guerrillero dado de baja en combate. El fallo respalda la tesis del juez de primera instancia, quien señaló que la muerte fue “calculada, infame y fría”, ejecutada en condiciones de absoluta indefensión y luego encubierta mediante un montaje militar.

Javier Villegas Posada, apoderado de la familia de la víctima, sostuvo que con esta decisión la justicia reconoce que a Caamaño Rojas no lo mató la guerra, lo mató el Estado y luego intentó ocultarlo. “Este caso muestra con crudeza cómo se construyó una mentira oficial: se asesinó a civiles indefensos y se les vistió jurídicamente como enemigos para justificar lo injustificable”, subrayó el abogado.

Uno de los puntos clave de la sentencia es que reconoce que, en casos de graves violaciones a los derechos humanos, el término de caducidad debe contarse desde el momento en que las víctimas conocen la participación del Estado en los hechos, lo que permitió avanzar en este proceso judicial.

Para Villegas Posada, esta sentencia advierte precisamente que el tiempo no puede ser un aliado de la impunidad cuando el propio Estado ocultó la verdad. “Pretender que el reloj corra desde ese momento habría sido perpetuar la impunidad. El Tribunal corrige eso con una decisión profundamente justa”, subrayó el abogado. “Lo más grave no es solo la ejecución, sino el encubrimiento. Durante años se sostuvo una versión falsa que revictimizó a la familia y pretendió borrar la verdad”, agregó.

El fallo dispone también medidas de reparación integral de carácter no pecuniario, entre ellas la realización de un acto público de disculpas por parte del Ejército Nacional y la publicación de un reconocimiento oficial de responsabilidad, como parte de las garantías de no repetición.

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