Juez ordenó la libertad de Maza Márquez, condenado por magnicidio de Luis Carlos Galán

Un juez de Ejecución de Penas de Bogotá concedió la libertad condicional al exdirector del extinto Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), general retirado Miguel Maza Márquez, tras purgar más de once años de cárcel por el magnicidio del candidato presidencial Luis Carlos Galán Sarmiento ocurrido el 18 de agosto de 1989 en una concentración política en el parque principal del municipio de Soacha, Cundinamarca.
De acuerdo con la providencial, el juez le concedió a Maza Márquez la libertad condicional «con un periodo de prueba de 132 meses, 29 días y 13 horas, contados a partir de la suscripción del acta de compromiso, previa constitución de caución prendaria, en cuantía de cinco salarios mínimos legales mensuales vigentes que deberá garantizar a través de título de depósito judicial”.
Maza Márquez fue condenado a 30 años de prisión por la Corte Suprema de Justicia el 24 de noviembre de 2013, por su participación en el asesinato de Galán Sarmiento, así como del concejal de Soacha (Cundinamarca) Julio Cesar Peñaloza Sánchez y el escolta Santiago Cuervo Jiménez.
Según el alto tribunal de justicia, Maza Márquez desde su cargo como director del DAS tomó decisiones que afectaron la seguridad del candidato presidencial y facilitaron la ejecución del atentado.
“Su contribución consistió en debilitar la protección del doctor Galán Sarmiento”, concluyó.
La condena de Maza Márquez a 30 años de cárcel fue impugnada el 06 de agosto de 2021, pero la Fiscalía General de la Nación solicitó a la Corte Suprema de Justicia rechazar el recurso presentado por la defensa y dejar en firme la sentencia que declaró al oficial (r) responsable de los delitos de concierto para delinquir, homicidio y tentativa de homicidio, los dos últimos con fines terroristas.
Para la Fiscalía, la declaración de lesa humanidad a las conductas atribuidas a Maza Márquez fue correcta y respondía a los criterios internacionales, legales y jurisprudenciales en la materia. Además señaló que en el fallo no se detectaron errores o vulneraciones y, por el contrario, había evidencia de que se surtió un proceso con abundantes indicios y una valoración racional de todos los elementos. Con RSF

