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Nacional

Imponen multa a cinco clubes del fútbol y a la Dimayor por limitar la libre competencia

Por haber elaborado un sistema anticompetitivo a través del cual se desincentivó la movilidad de jugadores, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) sancionó con una multa que supera los 8 mil millones de pesos a los clubes de fútbol profesional Deportivo Boyacá Chicó Fútbol Club S.A., Unión Magdalena S.A., Asociación Deportivo Pasto, Envigado Fútbol Club S.A. y Club Deportivo Atlético Fútbol Club S.A., así como a la División Mayor de Fútbol Colombiano (Dimayor).

La SIC señaló que pudo establecer que por medio de este sistema, los investigados lograron desincentivar la movilidad de jugadores entre clubes, mediante tres patrones de conducta.

El primer patrón se basó en el envío de una serie de comunicaciones entre los clubes, con conocimiento de la Dimayor, en las que se daba a conocer la situación laboral de jugadores específicos. En estas comunicaciones se informaba, entre otros temas, la vigencia de los contratos de jugadores, los casos en los que alguno de ellos había tenido alguna supuesta falta disciplinaria o, incluso, los casos en los que se había solicitado la terminación de un contrato.

Es de resaltar que, en un escenario de libre competencia, este tipo de información no debe ser compartida entre competidores – como es el caso de los clubes de fútbol- y mucho menos en escenarios donde se quiere lograr el mayor rendimiento de equipos deportivos, con la conformación de grupos integrados por la mejor combinación de jugadores.

Segundo, en las comunicaciones los clubes manifestaron que acudían a un supuesto ‘pacto de caballeros’, o un ‘llamado ético’, o incluso de ‘solidaridad de gremio’.

Para la Superintendencia este tipo de expresiones no buscaban hacer un llamado a un eventual cumplimiento específico de las normas que se espera de un buen empresario, sino precisamente a que los equipos destinatarios de las comunicaciones -que podrían tener interés en los jugadores- no tuvieran incentivos suficientes para negociar y contratar a los futbolistas señalados. Esto por cuanto los implicados estarían incumpliendo ese ‘pacto de caballeros’, aun cuando la eventual negociación y contratación del jugador en cuestión no violara la regulación específica del sector.

Tercero, la participación de la Dimayor fue fundamental en este sistema. Como una organización que agremia a los clubes de fútbol, su participación en este tipo de mensajes era la forma en que los clubes buscaban una legitimación de las acciones que estaban llevando a cabo. Además, la remisión por parte de la Dimayor de algunas comunicaciones, con el conocimiento de que estas podían tener un impacto en la libre competencia, puso en evidencia el apoyo de esta agremiación a la conducta de los clubes.

Debido a lo anterior, se concluyó que el envío de las comunicaciones entre los clubes profesionales de fútbol colombiano configuró un desincentivo a la movilidad, negociación y contratación de jugadores de fútbol profesional masculino. Para la autoridad de competencia, es claro que en las relaciones laborales y en las negociaciones de derechos deportivos se pueden presentar controversias entre las partes. Sin embargo, en el caso del mercado de transferencia de derechos deportivos y en las negociaciones laborales entre los jugadores y los clubes deportivos
profesionales, existe una reglamentación establecida que permite resolver las discrepancias que se puedan generar. Por tal motivo, la existencia de estas comunicaciones fueron prueba de la materialización de la intención anticompetitiva que llevó a la limitación de la movilidad laboral de los jugadores.

Para la SIC del Cambio, la protección de la libre competencia en este tipo de mercados se traduce en la posibilidad de que se lleven a cabo negociaciones y eventuales contrataciones de jugadores, de acuerdo con la regulación aplicable. Con esto, se busca no solo respetar las reglas del libre mercado, sino garantizar la dignidad de los jugadores, el ejercicio efectivo de sus derechos y la posibilidad de acceder a mejores salarios, progresar profesionalmente en equipos más competitivos y desplegar sus proyectos de carrera sin trabas ilegítimas. Asimismo, que este dinamismo se pueda ver reflejado en la posibilidad de que los clubes puedan conformar equipos más competitivos, no solo en términos económicos o de mercado, sino desde la perspectiva de la disciplina deportiva. Con RSF

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