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Tribunal devuelve finca La América al Fondo de Reparación

La Sala Penal de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Barranquilla declaró nula la venta de la finca La América, un predio de 1.453 hectáreas ubicado en la vereda Perete, corregimiento de Mandinguilla, en Chimichagua (Cesar). La decisión, adoptada en reciente fallo, dejó sin efectos la Resolución 158 del 30 de enero de 2025, mediante la cual la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas (UARIV) había transferido el inmueble a la Agencia Nacional de Tierras (ANT) para fines de la reforma agraria.

Además de tumbar el negocio jurídico, el Tribunal ordenó la cancelación de la anotación número 10 en el folio de matrícula inmobiliaria, donde había quedado registrada la compraventa, y compulsó copias a la Fiscalía, la Procuraduría y la Contraloría, con el fin de que investiguen posibles responsabilidades penales, disciplinarias y fiscales de quienes intervinieron en la transacción.

Entregado a campesinos en 2024

La finca, cuyo avalúo oficial asciende a 26.200 millones de pesos, había sido entregada el pasado 23 de noviembre de 2024 a más de 100 familias campesinas de la Comisión por la Vida Digna y del Territorio Agroalimentario de la Ciénaga de Zapatosa, en un acto encabezado por el presidente Gustavo Petro y el director de la ANT, Felipe Harman. El evento fue presentado como un avance en el proceso de redistribución de tierras, bandera del actual Gobierno.

Sin embargo, el Tribunal recordó que desde marzo de 2023 sobre el predio pesaban medidas cautelares de embargo, secuestro y suspensión del poder dispositivo, ordenadas a petición de la Fiscalía en el marco de los procesos de Justicia y Paz. El ente acusador sustentó la medida en la presunta vinculación de La América con las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), al haber pertenecido a los condenados Jaime Blanco Maya y Hugues Manuel Rodríguez Fuentes, procesados por concierto para delinquir y nexos paramilitares.

ARGUMENTOS ENFRENTADOS

Durante el trámite judicial, la Fiscalía advirtió que la enajenación se realizó sin autorización previa de un juez, requisito indispensable cuando se trata de bienes embargados en procesos de Justicia y Paz. En ese sentido, el negocio resultaba “inoponible” y debía anularse. La Procuraduría Judicial II Penal coincidió con esa tesis, solicitando al Tribunal declarar la nulidad de la transferencia por falta de sustento legal.

En contraste, la UARIV defendió la operación señalando que se hizo en el marco de las facultades que le otorgan la Ley 975 de 2005 (Justicia y Paz) y la Ley 1448 de 2011 (Ley de Víctimas). Según la entidad, la figura de “enajenación temprana” estaba prevista para agilizar la administración de predios en favor de las comunidades afectadas por el conflicto.

La Agencia Nacional de Tierras respaldó la negociación y argumentó que actuó bajo el amparo del artículo 61.3 de la Ley 2294 de 2023, contenida en el Plan Nacional de Desarrollo, que le permite adquirir directamente inmuebles para destinarlos a la reforma agraria.

Representantes de las víctimas y de la familia Rodríguez Pavajeau, a través de la sociedad Inversiones Rodríguez Fuentes SAS, solicitaron la nulidad de la compraventa, señalando que el avalúo estaba por debajo del valor real del bien y que existía en curso una solicitud de restitución.

RAZONES DEL TRIBUNAL

El fallo de la Sala Penal se sustentó en cuatro ejes: Embargo vigente sin autorización judicial: La América estaba embargada desde marzo de 2023 y, por ley, solo podía ser vendida con aval de un juez, lo que no ocurrió.

Falta de causal legal: En Justicia y Paz los bienes embargados solo pueden venderse si están en ruina, deterioro o resultan imposibles de administrar. El predio, en cambio, estaba en producción.

Impacto en el Fondo de Reparación: Los bienes con medidas cautelares deben garantizar la reparación de las víctimas. La operación irregular debilitaba ese Fondo, que ya enfrenta un déficit superior a 4,3 billones de pesos.

Norma mal aplicada: El artículo del Plan Nacional de Desarrollo invocado por la UARIV y la ANT no cobijaba bienes con medidas cautelares y, además, fue declarado inexequible por la Corte Constitucional en 2025.

Tras la decisión, la finca La América regresará a la administración de la UARIV, en calidad de bien del Fondo para la Reparación de las Víctimas, hasta que se defina su destino definitivo en los procesos de Justicia y Paz.

Mientras tanto, las investigaciones ordenadas por el Tribunal buscarán establecer si funcionarios públicos y particulares incurrieron en irregularidades al avalar una transferencia que desconocía medidas judiciales vigentes.

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