Banco de la República pide a la Corte aplazar 3 meses entrada en vigencia de la Reforma Pensional
El Banco de la República reveló este lunes que pidió a la Corte Constitucional que la entrada en vigencia de la Reforma Pensional no sea al día siguiente a la fecha en la cual la Sala Plena decida definitivamente sobre la constitucionalidad de dicha ley sino tres meses después de que se conozca la sentencia respectiva.
Como se sabe, la reforma pensional le asignó al Banco de la República la función de administrar el Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo (FAPC), que financiará las pensiones en el nuevo sistema, lo cual implica gestionar las inversiones del fondo, administrar los riesgos asociados y contratar servicios necesarios para su operación. Sin embargo, el Banco no recaudará fondos ni pagará directamente las pensiones.
En un comunicado expedido por el gerente del Emisor Leonardo Villar, precisa que la solicitud la hizo en comunicación que envió el jueves 10 de julio, con dos propósitos. El primero, aclarar la interpretación de la Corte sobre la vigencia de la Ley y de los decretos que han sido expedidos en su proceso de reglamentación, lo cual es fundamental para avanzar en temas como la firma de contrato entre el Banco de la República con el Ministerio de Hacienda, la selección de administradores externos y la designación de los miembros del Comité Directivo del FAPC por parte de la Junta.
Al respecto, indica que se venía trabajando en estos temas, pero el proceso se interrumpió tras la publicación del comunicado de la Corte del 17 de junio de 2025, en el cual se informa la decisión de “SUSPENDER a partir de la fecha la entrada en vigencia de las normas de la Ley 2381 de 2024 hasta el día siguiente a la fecha en la cual la Sala Plena decida definitivamente sobre la constitucionalidad de dicha ley”.
Y el segundo propósito, solicitar a la Corte la posibilidad de definir un margen razonable de tiempo para avanzar en los procesos que, por razones ajenas al Banco, ya venían atrasados y se interrumpieron a partir del 17 de junio. Para ello se sugirió que la entrada en vigencia de la ley no sea el día siguiente a la fecha de decisión sobre su constitucionalidad sino tres meses después de que se conozca la sentencia respectiva.
Subraya que la lectura preliminar del comunicado de prensa de la Corte Constitucional podría implicar que todos los procesos pendientes tendrían que hacerse entre la fecha en que se decida la constitucionalidad de la ley y el día inmediatamente posterior, lo cual resulta inviable desde el punto de vista práctico.
El Banco de la República reitera su compromiso con las obligaciones asignadas a la institución por la Ley 2381 de 2024 – Reforma pensional y concluye que «lamenta las interpretaciones erradas que se han dado sobre los planteamientos realizados mediante la carta enviada a la Corte Constitucional, los cuales no tuvieron ningún propósito diferente a obtener claridad y proponer un plazo razonable para cumplir con lo que establece la ley, de conformidad con lo que decida la Corte Constitucional». Con RSF