Política

Intención del voto en La Jagua del Pilar favorece a Ivón Manjarrez con el 42.2%

De acuerdo a un sondeo de opinión realizado por Mediciones y Servicios de Marketing, compañía inscrita en el registro de encuestadores del Consejo Nacional Electoral, en el municipio de La Jagua del Pilar, La Guajira, la intención de voto a la Alcaldía favorece a la candidata Ivón Manjarrez, del Partido Alianza Social Independiente (ASI), con el 42.2% de la población encuestada.

Por su parte, Lina Tomasa Soto Durán, avalada por el partido de la U, tiene una aceptación de 34.7%, aunque es conocida en el municipio pero no cuenta con el respaldo mayoritario de los ciudadanos habilitados para ejercer su derecho al voto el próximo 18 de mayo en las elecciones atípicas para elegir a la nueva alcaldesa de la jurisdicción. 12.8% de los encuestados no sabe/no responde; y el 10.3% votaría en blanco.

Se tomaron como muestra 752 encuestas presenciales, distribuidas en el municipio; hombres y mujeres mayores de 18 años, residentes en la cabecera municipal y el corregimiento de El Plan.

Fue un muestreo aleatorio simple realizado entre el 9 y 13 de mayo de 2025, en el cual se demostró que Ivón Manjarrez tiene un 69.2% de imagen favorable sobre 56.6% que reflejó la candidata Lina Tomasa Soto.

La distribución de la muestra fue de 87.0% en el casco urbano de La Jagua del Pilar y 13.3% en el corregimiento de El Plan, consultando sobre la intención del voto al 49.0% de la población masculina y 51.0% femenina.

 RATIFICADA LA CANDIDATURA

Como se recordará, el Consejo Nacional Electoral (CNE) negó, mediante la Resolución No. 02110 del 13 de mayo de 2025, la solicitud de revocatoria del acto de inscripción de Ivon Manjarrez, en el marco de las elecciones atípicas programadas para el próximo domingo.

La petición, presentada por los ciudadanos Germán Percy Rodríguez, William Augusto Jácome Urrea y Belisario Jiménez Luquez, alegaba que la candidata habría incurrido en irregularidades relacionadas con el régimen de financiación electoral durante su campaña en las elecciones territoriales del 29 de octubre de 2023, incluyendo el presunto uso de fuentes prohibidas, omisión de reportes de gastos y superación de topes permitidos.

El tribunal electoral recordó que las presuntas faltas en la financiación de campañas deben ser evaluadas en el marco de los procedimientos sancionatorios correspondientes, pero no pueden impedir de forma anticipada el ejercicio del derecho fundamental a ser elegido, salvo que exista una decisión judicial o administrativa en firme que lo establezca.

Deja un comentario