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Actualidad

JEP expulsó a militar condenado por caso de desaparición de la exguerrillera Irma Franco

La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) decidió excluir al sargento mayor del Ejército Ferney Ulmandín Causaya de sus procesos transicionales. La decisión se produjo tras confirmarse su condena a 40 años de prisión por los crímenes relacionados con la retoma del Palacio de Justicia en 1985, un episodio que sigue siendo controversial en el país.

De acuerdo con un fallo que dio a conocer W Radio, el exmilitar fue hallado culpable de la desaparición forzada de Irma Franco Pineda, militante del M-19, así como de Carlos Augusto Rodríguez y Bernardo Beltrán Hernández, empleados de la cafetería del edificio, en el momento en que los hechos ocurrieron. Sin embargo Causaya negó que tuviera responsabilidad en dichos crímenes por los que está siendo acusado.

La JEP tomó la decisión de expulsar al exintegrante del B2 del Ejército tras considerar insuficientes sus aportes al esclarecimiento de la verdad. Durante el proceso, Ferney Ulmandín Causaya argumentó que su función como suboficial se limitaba a labores de inteligencia relacionadas con el ELN y no con el M-19. También afirmó que el día de la retoma únicamente transportó equipos de comunicación a la Casa del Florero, negando cualquier participación directa en los hechos ocurridos en el Palacio de Justicia.

Según los magistrados, la postura asumida por el sargento mayor del Ejército resulta incompatible con los derechos de las víctimas y contradice las pruebas recopiladas en la justicia ordinaria, que lo identificaron como responsable de las desapariciones forzadas vinculadas a los hechos antes mencionados.

El fallo, revelado por la W Radio, señala que la versión presentada por el sargento mayor Ferney Ulmandín Causaya carece de información significativa para avanzar en el esclarecimiento de los hechos y de la participación de otros involucrados. Los magistrados concluyeron que su testimonio no aporta elementos relevantes que permitan profundizar en las desapariciones forzadas por las que ya fue condenado en la justicia ordinaria.

“Aunque describe sus actividades durante los días de los hechos, su versión no proporciona elementos nuevos ni relevantes que contribuyan a esclarecer su participación y la de terceros en las conductas frente a las cuales la justicia ordinaria determinó su responsabilidad penal, particularmente en las desapariciones forzadas ocurridas durante las acciones militares”, se lee en el fallo.

Los magistrados determinaron que el compareciente no cumplió con las obligaciones requeridas para conservar los beneficios otorgados por la JEP. Además, consideraron que su aporte fue insuficiente para avanzar en la reconstrucción de los hechos ocurridos durante la retoma del Palacio de Justicia los días 6 y 7 de noviembre de 1985.

En el análisis de los magistrados, se destacó que las propuestas del sargento mayor Causaya en términos de reparación fueron limitadas. Según el fallo, su único planteamiento fue expresar el deseo de que la verdad sobre los responsables salga a la luz, complementado con una declaración en la que apeló a la voluntad divina para esclarecer lo sucedido, dejando incluso dudas sobre la existencia de los hechos.

“Oro a Dios para que se pueda encontrar la verdad de los responsables de los hechos. Si sucedieron”, comentó el exmilitar con respecto a los hechos antes mencionados.

Por otro lado, la JEP expulsó en agosto a otro exmilitar, se trata del mayor Juan Carlos Rodríguez Agudelo, conocido como alias ‘Zeus’, por incumplir de manera grave e injustificada los compromisos adquiridos al someterse a esta jurisdicción especial. Rodríguez Agudelo, quien era parte del macro-caso 03 sobre ejecuciones extrajudiciales, fue señalado por la Sala de Reconocimiento de Verdad de realizar acciones que contravienen los principios de paz y no repetición.

Entre las conductas que motivaron su exclusión se encuentra el transporte de explosivos, armas de fuego y municiones en una carretera de Norte de Santander el 10 de abril de 2024, un hecho que las autoridades calificaron como una violación flagrante a las condiciones del proceso transicional. Con Infobae

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