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Modificación a la Ley de Garantías fue tumbada por Corte Constitucional

Ese tribunal acogió la ponencia de la magistrada Diana Fajardo que ordena suspender todos los convenios administrativos en trámite.
JOHANA
RODRÍGUEZ
@joharodri4

La Corte Constitucional tumbó la modificación a la Ley de Garantías que se aprobó en el Congreso de la República dentro de la Ley de Presupuesto.

Ese tribunal acogió la ponencia de la magistrada Diana Fajardo, que ordena suspender todos los convenios administrativos en trámite.

 

“A partir de la decisión no es posible suscribir convenios interadministrativos al amparo del articulo 124 de la ley 2159 de 2021, por lo cual aquellos trámites que se encuentran en curso para tal fin deberán terminarse inmediatamente”, dice uno de los apartes de la ponencia que fue aprobada por la Sala Plena de la Corte Constitucional.

La decisión se tomó con ocho votos a favor  y uno en contra del escrito que presentó la magistrada Fajardo. Cabe mencionar que la norma que se cayó permitía al Gobierno suscribir convenios interadministrativos con las entidades territoriales, en plena época electoral. 

 

Esa situación que fue calificada como un ‘mico’ en la ley de presupuesto por varios congresistas, quienes demandaron la modificación a la Ley de Garantías bajo el argumento de que abría la puerta a la corrupción electoral.

A través de un concepto enviado a ese tribunal, la Presidencia de la República y el Ministerio de Hacienda advirtieron que “la buena fe debe ser la regla general” y que si se presentaba corrupción, las entidades competentes debían investigar.

Si eventualmente la norma se aprovecha para corromper la igualdad electoral o la normatividad que regula la participación en política de los servidores públicos, se deberá aplicar las sanciones fiscales disciplinarias y penales que haya lugar”, señalaba el documento de gobierno.

 

La Procuraduría General de la Nación también envió un concepto pidiendo a la Corte Constitucional, en el que pidió tumbar esa modificación bajo el argumento de que violaba la constitución política y el principio de «frenos y contrapesos».

“Debido a la especial fuerza que caracteriza a las normas estatutarias (como lo es la Ley de Garantías Electorales), no es posible constitucionalmente su modificación por medio de una disposición contenida en una ley anual de presupuesto”, se lee en uno de los apartes del documento que envió la Procuraduría.

Fuente
Sistema Integrado de Información.

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