Valledupar, 01 de mayo de 2012 (www.elpaisvallenato.com) «Desde su identidad y costumbres indígenas, el cultivo y recolección de la hoja de coca no constituye ilícito»: Consejo de Estado.
El Consejo de Estado condenó a la Nación al pago de una indemnización a un indígena Páez y a su familia, por haber sido privado de la libertad injustamente durante cinco años y cinco meses.
El indígena fue detenido por la Policía en mayo de 1992 en la vereda El Credo, en jurisdicción del municipio de Caloto (Cauca), cuando recogía hoja de coca junto con su hermano menor.
En ese momento el detenido aceptó ante las autoridades lo que estaba realizando, pero explicó que era una actividad normal de la comunidad a la que pertenecía, pues a la hoja de coca se le daban múltiples usos.
Sin embargo, el indígena fue detenido y acusado de violar la Ley 30 que penaliza la producción y tráfico de estupefacientes, con el argumento de que las autoridades lo habían detenido en flagrancia, confesando posteriormente la comisión del delito.
Para el Consejo de Estado no resulta coherente que, por un lado, se establezca como elemento fundante de nuestra nacionalidad la diversidad étnica y cultural, y por el otro, se considere delictiva la recolección de hoja de coca por parte de quien desde siempre se presentó como integrante de un pueblo indígena
“La diversidad étnica y cultural de la nación colombiana comporta no sólo el respeto de la cosmovisión de los pueblos indígenas y tribales que concurren a conformarla, sino la adopción de medidas de afirmación positiva tendientes a garantizarla y conservarla”, indica la sentencia.
El Alto tribunal explica que una de las reservas que el Estado sostuvo frente a la Convención de las Naciones Unidas contra el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas es que Colombia entiende que el cultivo de hoja de coca como infracción penal debe armonizarse con una política de desarrollo alternativo, teniendo en cuenta los derechos de las comunidades indígenas involucradas y la protección del medio ambiente.
“Lo anterior resulta revelador toda vez que desde su identidad, cosmovisión y costumbres indígenas, el cultivo y recolección de la hoja de coca no constituye ilícito. Por eso, reprocharle al acusado tal conducta sería tanto como desconocer su identidad cultural”, puntualizó la Corporación. Con CM |